El 1 de octubre se produce un cambio en la normativa actual de gas (Circular 6/2020 de 22 de julio, de la CNMC), por lo que se modifica la metodología de cálculo utilizada para determinar los precios que pagan los consumidores para cubrir los costes regulados del sistema gasista.
Nuevas tarifas de acceso. Para los pequeños consumidores, pasamos de 4 tarifas que había anteriormente a 6 que hay a día de hoy. Al haber más tarifas, se adapta más a los consumos de cada cliente. Esto se puede observar en las tablas siguientes:
Las tarifas situadas entre RL.1 y RL.3 son las habituales de los clientes domésticos.
Cargos. Los peajes ya no son el único concepto que aparecerá en la facturación, será obligatorio mostrar en cada factura, de forma separada, los cargos del sistema, que son la Cuota del GTS y la Tasa CNMC. Estos dos conceptos sirven para cubrir otros costes no asociados al uso de las instalaciones y están regulados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Hasta el momento ya estaban incluidos en el precio, solo que ahora se desglosan por separado en las facturas.
Nuevo año de gas. A efectos de esta Circular (6/2020) se considerará como periodo tarifario el año de gas comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre del año siguiente. La tarifa se revisa una vez al año según este nuevo año gasista.
Para la primera ubicación y que aplica a partir del 01 de octubre 2021, se considerará el consumo registrado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021. En cuanto a los nuevos suministros, se utiliza el consumo previsto.
Resumen
– Nuevas Tarifas de gas para adaptarse más a los consumos de cada cliente
– Nuevos conceptos desglosados en la factura: la Cuota del GTS y la Tasa CNMC